Mapa de riesgos

El mapa de riesgos permite disponer, en tiempo real, de un diagnóstico de los riesgos laborales en todo el territorio nacional a través de un sistema de información geográfica diseñado desde la srt.
Este mapa constituye una herramienta efectiva para el diseño de políticas orientadas a la prevención de riesgos laborales, facilitando las etapas de diagnóstico, diseño y monitoreo. Al mismo tiempo permite determinar el grado de cumplimiento de la normativa vigente.


Normativa que aplica:
Resolución 905/15
Establecense las funciones que deberan desarrollar los servicios de higiene y seguridad en el trabajo y de medicina del trabajo en cumplimiento de las disposiciones establecidas en el decreto n° 1.338 de fecha 25 de noviembre de 1996, en los plazos que determine oportunamente la superintendencia de riesgos del trabajo (s.r.t.) Considerando el riesgo propio de la actividad, el tamaño de la empresa y la inclusion en los planes de focalizacion de la s.r.t.
Resolución 463/09
Apruebase la solicitud de afiliacion y el contrato tipo de afiliacion (c.t.a.). Crease el registro de cumplimiento de normas de salud, higiene y seguridad en el trabajo. Ratificase la vigencia de la resolucion s.r.t. Nº 365 de fecha 16 de abril de 2009. Deroganse los articulos 1º, 2º y 4º de la resolucion s.r.t. Nº 39 de fecha 3 de abril de 1996, la resolucion s.r.t. Nº 47 de fecha 24 de abril de 1996 y la resolucion s.r.t. Nº 41 de fecha 11 de junio de 1997.
Resolución 365/09
Establecese que los empleadores quedan incluidos en el sistema de ventanilla electronica implementado por la resolucion nº 635/08. Procedimiento.
Resolución 529/09
Modificase la resolucion s.r.t. Nº 463/2009 relacionada a la creacion del registro de cumplimiento de normas de salud, higiene y seguridad en el trabajo.
Resolución 741/10
Informacion que deberan remitir las a.r.t. A la superintendencia de riesgos del trabajo. Procedimiento. Deroganse los articulos 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 7º y 8º de la resolucion s.r.t. Nº 51 de fecha 15 de mayo de 1998. Deroguese la resolucion s.r.t. Nº 83 de fecha 12 de agosto de 1998. Dejase sin efecto la circular de la entonces subgerencia de procesos de informacion (s.p.i.), Nº 1/03 y la nota de la entonces subgerencia de control de entidades (s.c.e.) Nº 3 de fecha 7 de enero de 1998.
El mapa de riesgos permite disponer, en tiempo real, de un diagnóstico de los riesgos laborales en todo el territorio nacional a través de un sistema de información geográfica diseñado desde la srt.
Este mapa constituye una herramienta efectiva para el diseño de políticas orientadas a la prevención de riesgos laborales, facilitando las etapas de diagnóstico, diseño y monitoreo. Al mismo tiempo permite determinar el grado de cumplimiento de la normativa vigente.
El mapa de riesgos se construye sobre la base de la interrelación de datos obtenidos de diversas fuentes y tiene tres niveles:registro de riesgos del personal expuesto, mapa de riesgos por establecimiento y mapa de riesgos país.
Registro de riesgos del personal expuesto:
El registro del personal expuesto permite realizar un seguimiento de la carrera laboral de un trabajador y de los agentes de riesgo a los que pudo estar expuesto. La información brindada por este mapa posibilita detectar por ejemplo, ante la aparición de una enfermedad, si el trabajador habría estado expuesto durante su actividad laboral al agente de riesgo causante o no. También facilita descubrir nuevas relaciones entre enfermedades profesionales, agentes de riesgos y actividad laboral.
La fuente de obtención de información para este mapa es: la declaración de agentes de riesgo asociados al cuit de la empresa.
Mapa de riesgos por establecimiento:
El mapa permite el conocimiento de los riesgos del trabajo que podrían provocar accidentes y enfermedades profesionales de cada una de las actividades que se desarrollan en un establecimiento productivo.
La información de este mapa se encuentra en una matriz de datos que se obtiene de las siguientes fuentes:
– declaración de agentes de riesgo (dar).
– relevamiento general de riesgos laborales (resolución srt 463/09,resolución srt 529/09yresolución srt 741/10).
-registro de sustancias cancerígenas (resolución srt 415/02).
– registro de difenilos policlorados (resolución srt 497/03).
-registro de accidentes industriales mayores.
Mapa de riesgos país:
El mapa permite obtener una imagen en tiempo real del estado de los riesgos laborales por área geográfica y por actividad económica (ciiu). Este mapa colabora con la optimización de la asignación de recursos en el diseño y planificación de políticas por regiones y actividades económicas.
La información para la construcción de este mapa se obtiene de las siguientes fuentes:
– relevamiento general de riesgos laborales (resolución srt 463/09,resolución srt 529/09yresolución srt 741/10).
– incumplimientos de registro general de riesgos laborales
– declaración de agentes de riesgo.
– denuncias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de las art.
– registros de sustancias cancerígenas (resolución srt 415/02).
– registro de difenilos policlorados (resolución srt 497/03).
– registros de accidentes industriales mayores (resolución srt 743/03)
– registro operativo de accidentes mortales
– registro de actuaciones judiciales.
– dictámenes de comisiones médicas
– actas de inspección.
Riesgo
Mecánico
Incendio
Toxicológico
Iluminación
Ruidos
Vibraciones
Calor
Frio
Humedad
Radiaciones ionizantes
Radiaciones no ionizantes
1 descripcion del proceso de trabajo – diagrama de flujo
2 determinar por puesto de trabajo lo siguiente:
Número de expuestos (# exp).
Tiempo de exposición (t-exp).
Factor de riesgo.
Fuente generadora.
Control.
Posibles efectos
Paso 3
Determinar grado de riesgo
G.r. = c x e x p
En dónde:
C= consecuencia
E= exposición
P= probabilidad
Paso 4
Una vez obtenida la valoración de cada factor de riesgo, proceda a priorizarlos mediante los rangos indicados en la tabla n° 3. Esto le permitirá determinar la prioridad de intervención para cada factor de riesgo, según los siguientes tipos de riesgo:
Insoportable (6)
Extremo (5)
Grave (4)
Moderado (3)
Bajo (2)
Soportable (1
Paso 5
Relizada la identificación, la valoración y la priorización de los factores de riesgo proceda a elaborar el mapa de riesgos, utilizando símbolos para cada indicador de factor de riesgo de acuerdo con la tabla n° 4.
Basado en el mapa de factores de riesgo proceda a definir e implementar las medida de prevención y protección que garanticen a los trabajadores adecuadas condiciones de seguridad y salud en la empresa. (tabla n°5)
Finalmente, en la tabla n°6 se incluye un cronograma de actividades (diagrama de gantt) y un apartado de recomendaciones con el fin de orientar a los trabajadores en la implementación de medidas preventivas y de protección.
N° exp
T exp
Factor de riesgo
Fuente
generadora
Control
Posibles efectos
C
E
P
Tipo de riesgo
Físicos
Ruido y vibraciones
Humedad
Calor y radiaciones
Químicos
Gases, vapores, partículas, aerosoles, líquidos y soluciones.
Biológicos
Virus, bacterias, animales, plantas, parásitos.
Riesgos de superficie
Riesgo de superficie a un mismo y distinto nivel.
Mecánicos
Equipos, maquinaria, motores, herramientas.
Eléctricos
Motores, conductores eléctricos, paneles de energía y maquinaria energizada.
Saneamiento básico
Agua potable, servicios sanitarios, comedores, duchas, lavado de ropa de trabajo, vivienda.
MOTIVOS DE DENUNCIAS POR INCUMPLIMIENTOS A LA NORMATIVA VIGENTE, DETECTADOS POR LA A.R.T.
La empresa cumplirá con lo estipulado en la normativa vigente en lo referente a la Prevención de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, estableciendo una Política de Prevención de Riesgos y asignando responsabilidades y obligaciones en todos los niveles de la Organización.
1. Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. El citado derecho supone la existencia de un correlativo deber de esta empresa con la protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales. Los derechos de información, consulta y participación, formación en materia preventiva, paralización de la actividad en caso de riesgo grave e inminente y vigilancia de su estado de salud, en los términos previstos por Ley, forman parte del derecho de los trabajadores a una protección eficaz en materia de seguridad e higiene en el trabajo.
2. En cumplimiento de la obligación de protección establecida en la normativa vigente, en el cual se indica que el empleador debe implementar todas las medidas necesarias para proteger la vida y salud de los trabajadores, esta empresa garantizará mediante la implantación en la obra del Sistema de Gestión de la SST y el Programa de trabajo, la seguridad e higiene de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo.
A estos efectos, en el marco de sus responsabilidades, la empresa realizará la prevención de los riesgos laborales mediante la adopción de cuantas medidas sean necesarias para la protección de la seguridad e higiene de los trabajadores, con las especialidades que se recogen en los artículos correspondientes en materia de evaluación de riesgos, información, consulta y participación y capacitación de los trabajadores, actuación en casos de emergencia y de riesgo grave e inminente, vigilancia de la salud, y mediante la constitución de una organización y de los medios necesarios en los términos establecidos por la Ley.
La empresa desarrollará una acción permanente mediante una Evaluación del Sistema de Gestión implantado y del Programa de Trabajo con el fin de perfeccionar los niveles de protección existentes y dispondrá lo necesario para la adaptación de las medidas de prevención señaladas en el párrafo anterior a las modificaciones que puedan experimentar las circunstancias que incidan en la realización del trabajo.
3. Esta empresa cumplirá las obligaciones establecidas en la normativa sobre prevención de riesgos laborales.
4. Las obligaciones de los trabajadores establecidas en dicha normativa, la atribución de funciones en materia de protección y prevención a trabajadores o Servicios de la empresa y el recurso al concierto con entidades especializadas para el desarrollo de actividades de prevención complementarán las acciones de la empresa.
5. El costo de las medidas relativas a la seguridad y la salud en el trabajo no caerá en modo alguno sobre los trabajadores.
6. Esta empresa adquiere el compromiso de verificar permanentemente las condiciones de salud y aptitud de su personal, y del personal de los subcontratistas, para el tipo de trabajo y lugar al que será asignado.
Todo personal que sea incorporado al contrato, sea personal propio o de algún subcontratista, se someterá a un examen médico previo. El contratista deberá disponer de un certificado médico de aptitud para el tipo de trabajo y lugar que sea asignado el personal, el cual no debe tener una antigüedad superior a 6 meses.
A) Equipos de trabajo y medios de protección.
1. Esta empresa adoptará las medidas necesarias con el fin de que los equipos de trabajo sean adecuados para el trabajo que deba realizarse, de forma que garanticen la seguridad e higiene de los trabajadores al utilizarlos. Cuando la utilización de un equipo de trabajo pueda presentar un riesgo la empresa adoptará las medidas necesarias con el fin de que:
a) La utilización del equipo de trabajo quede reservada a los encargados de dicha utilización.
b) Los trabajos de reparación, transformación, mantenimiento o conservación sean realizados por los trabajadores específicamente capacitados para ello.
2. Esta empresa proporcionará a sus trabajadores equipos de protección personal adecuados para el desempeño de sus funciones y velará por el uso efectivo de los mismos cuando, por la naturaleza de los trabajos realizados, sean necesarios. Los equipos de protección personal deberán utilizarse cuando los riesgos no se puedan evitar o no puedan limitarse suficientemente por medios técnicos de protección colectiva o mediante medidas, métodos o procedimientos de organización del trabajo.
Estos elementos serán nuevos y certificados por un Organismo reconocido, debiendo mantenerse permanentemente en buen estado. Será obligación del Contratista el reemplazo de aquellos elementos, instrumentos y/o equipos que, por su deterioro debido al trabajo, no cumplan con los estándares establecidos.
B) Entrenamiento y Capacitación del Recurso Humano:
Se desarrollará un programa de capacitación general, haciendo especial énfasis en materias que se vinculen con: Los Fundamentos de la Prevención de Riesgos, Prevención de Riesgos Eléctricos, Primeros Auxilios, Investigación de Accidentes e Incidentes, Manejo de Materiales y Herramientas y, Prevención de Incendios. Adicionalmente, con el fin de reforzar y/o generar actitudes positivas de seguridad, se deberán contemplar al interior de cada unidad de trabajo, Charlas de Prevención de Riesgos.
C) Inspección de las Condiciones Físicas en Faenas:
Las actividades de terreno, deberán ser visitadas regularmente contemplando inspecciones programadas e inspecciones aleatorias.
D) Control de Emergencias Operacionales y Medio Ambiente:
El Contratista establecerá para esta obra los procedimientos de evacuación en casos de incendios, terremotos u otras contingencias. Respecto al Control del Medio Ambiente y dada la naturaleza de los trabajos contemplados, en caso de ser necesario, se realizarán las declaraciones de impacto ambiental en aquellas actividades en que se pueda deteriorar el Ecosistema, para lo cual, se deberá desarrollar y presentar un Plan Estratégico Específico.
E) Investigación de Accidentes, Incidentes y Pérdidas Operacionales:
Con el fin de establecer las causas e implementar las medidas preventivas respectivas, el Contratista investigará y evaluará las pérdidas operacionales de todos los accidentes, los cuales deberán ser informadas a Organismo pertinente, dentro de las primeras 24 horas de ocurrido el evento.
F) Evaluación de la Gestión Preventiva:
El Contratista contará -de acuerdo a las exigencias legales establecidas con expertos a tiempo completo o parcial y con experiencia comprobada en actividades de construcción.
La efectividad de la gestión preventiva será evaluada a través de los indicadores mensuales de: Accidentalidad, Frecuencia, Gravedad y Siniestralidad. Los informes irán acompañados adicionalmente de un resumen ejecutivo mensual sobre los logros alcanzados, los resultados de investigación de accidentes y las medidas de control adoptadas en caso de ser pertinentes.
G) Procedimientos Seguros de Trabajo:
La empresa por medio del Programa de Trabajo, elaborará procedimientos seguros de trabajo para todas aquellas actividades que involucren riesgos de accidentes, en forma previa a la ejecución de éstas, evaluando los mismos y estableciendo las medidas preventivas, las protecciones colectivas y los equipos de protección personal correspondientes.
Estos deberán hacer énfasis en la seguridad de las personas, las instalaciones, equipos, materiales y medio ambiente, de manera de eliminar riesgos innecesarios.

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